La prima de junio es uno de los beneficios que muchos trabajadores formales reciben entre el mes de junio y parte del mes de julio.

Aunque inicialmente esta tenía un plazo máximo de pago hasta el 15 de julio de cada año, para efectos directos del año 2025, las empresas deben pagar esta prima entre el 15 de junio y, a más tardar, hasta el 30 de junio. Por lo tanto, en las próximas semanas se deberán hacer efectivos estos pagos para los millones de colombianos que trabajan bajo un contrato laboral formal.
Este beneficio en la actualidad para muchas personas representa un alivio financiero, pues es un sueldo adicional que llega y se puede usar para lo que necesite o requiera la persona. Para algunos es un alivio para adelantar pagos de deudas, puede ser también un dinero ideal para ahorrar, invertir o, incluso, para irse de vacaciones.
El caso es que este es uno de los beneficios más esperados por los empleados en el territorio nacional; sin embargo, es importante saber cómo calcular la prima de servicios para que puedas recibir tu compensación económica de forma justa y en el tiempo establecido por la ley. Además, considerando que la prima de servicios se divide en dos partes: la prima de junio y la prima de navidad.
¿Qué es la prima de servicios en Colombia?
Según el Estado colombiano, la prima de servicios es un elemento salarial que se le da al empleado cuando este cumple un año de trabajo continuo con cualquier tipo de entidad pública o privada.
Esta obligación se hizo efectiva mediante los Decretos 2663 y 3473 de 1950 en el Código Sustantivo del Trabajo. No obstante, no fue hasta la Ley 141 de 1961 que se adoptaron estos decretos para convertirlos en una legislación permanente que se mantiene vigente hasta la fecha.
Allí se estableció la prestación patronal de la conocida prima salarial en Colombia, en la que se obliga a toda empresa a pagar a cada uno de sus empleados no ocasionales o transitorios la prima de servicios.
Sin embargo, no fue sino hasta la aparición de la Ley 1788 de 2016, en la que se realizó una reforma al derecho prestacional del pago de la prima de servicios. Esta norma fue relevante para muchos empleados en todo el territorio nacional, pues incluyó allí a todos los trabajadores domésticos, quienes hasta el momento no contaban con el derecho a recibir una prima (1).
¿Quiénes tienen derecho a recibir la prima de junio?
En Colombia, quienes pueden acceder y exigir este derecho son todos los empleados que actualmente tienen un contrato laboral con una empresa pública o privada y llevan al menos 6 meses trabajando con estas. En este sentido, no importa si tienes un contrato a término indefinido o a término fijo; estos empleados deberán recibir por obligación sus prestaciones laborales en Colombia.
En este grupo también están incluidos empleados domésticos, choferes domésticos, trabajadores por días o empleados en fincas. Adicionalmente, debes tener en cuenta que, aunque lleves menos de un año o menos de seis meses, también tienes derecho a recibir una prima proporcional al tiempo que llevas laborando en la empresa (2).
¿Cómo se calcula la prima de junio?
Si estás pensando en cómo calcular la prima de servicios, debes tener en cuenta primero si vas a recibir la prima de junio completa o la prima proporcional al tiempo laborado en los primeros meses del año.
Si ya llevas seis meses o más, debes saber que la prima de junio en Colombia equivale a la mitad de un sueldo mensual, al igual que la prima de Navidad. Esto quiere decir que la suma de ambas primas equivale a un sueldo mensual adicional por año trabajado dentro de una empresa.
No obstante, si aún no has cumplido los seis meses de trabajo, deberás hacer un cálculo para saber cuándo será tu prima de junio. La fórmula para poder saber cuánto será tu prima proporcional es la siguiente:
Prima total (junio y navidad) = (salario mensual + auxilio de transporte) * días trabajados / 360
Por lo tanto, si ganas el salario mínimo, la fórmula para calcular la prima de junio sería:
Prima = (1.423.500 + 200.000) * 180 / 360
Prima = (1.423.500 + 200.000) * 0.5
Prima = 1.623.500 * 0.5 = 811.750
Si trabajaste el semestre completo (180 días), recibirás la mitad de tu salario. Por lo tanto, si trabajaste menos de los 180 días o los seis meses, debes tener en cuenta que vas a recibir menos dinero (3).
Esto funciona de igual manera para quienes ganan un sueldo más alto, pues su prima de junio será proporcional al dinero que devengue mensualmente. Por tanto, si quieres incrementar tu sueldo y también tu prima, puedes mejorar tu perfil profesional estudiando Maestrías en Colombia.
Prima de junio para docentes
Los docentes son profesionales que también reciben una prima de junio y en Navidad. Al igual que otros profesionales, estos reciben la mitad de lo que corresponde a su sueldo mensual, más el auxilio de transporte y la prima de alimentación. Por lo tanto, también se calculará con base en el sueldo que reciban, considerando su nivel de estudios.
Si eres docente y estás buscando cómo mejorar tu perfil profesional, puedes realizar una Maestría en Educación; la Universidad Internacional de La Rioja cuenta con diferentes programas para que te enfoques en el área de tu preferencia, realizando tus estudios de la más alta calidad y obteniendo un título de certificación europea. Además, estudiando una Maestría Oficial de UNIR, podrás acceder a lo más alto del escalafón docente y mejorar tus condiciones laborales.
Por otra parte, si quieres saber cuándo pagan la prima de junio para los docentes, debes saber que las fechas son prácticamente las mismas. Por lo general, se establecen para comenzar a desembolsar la prima a partir de la segunda semana de junio y llega a un máximo la primera semana de julio.
¿Quiénes no reciben el pago de la prima de junio?
Existen diferentes tipos de trabajadores que no reciben la prima salarial en Colombia y son los siguientes:
- Trabajadores informales: al no contar con un contrato legalmente establecido, su empleador no está obligado por la ley a pagar esta prestación.
- Trabajadores con contrato de prestación de servicios: debido a que no existe un contrato de trabajo formal, el empleador no está obligado a pagar la prima.
- Contratistas: gracias a que estas personas son las encargadas de ejecutar proyectos por un contrato comercial, tampoco reciben este beneficio.
- Freelancers: esta modalidad de trabajo tampoco cuenta con un vínculo laboral formal, por lo que no se cuenta con el derecho a la prima.
- Trabajadores por honorarios: en caso de que el pago que recibas no esté regulado o contemplado en el contrato laboral, no se tendrá acceso al pago de la prima de junio.
Referencias bibliográficas
- Ramírez Romero, L. G. (s.f.). Estudio del concepto de prima de servicios en el contexto normativo y constitucional colombiano. Universidad Católica. Tomado de: https://repository.ucatolica.edu.co/server/api/core/bitstreams/1aaaeeff-67e7-4115-90fd-937f27bc57b9/content
- Función Pública (s.f.). Prima de servicios y Prima de Navidad. Tomado de: https://www1.funcionpublica.gov.co/preguntas-frecuentes/-/asset_publisher/sqxafjubsrEu/content/prima-de-servicios
- Castro, M. J. (2025). ¿Cómo se calcula la prima de junio 2025 para empleados que ganan un salario mínimo o más? Tomado de: https://caracol.com.co/2025/05/13/como-se-calcula-la-prima-de-junio-2025-para-empleados-que-ganan-un-salario-minimo-o-mas/